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Promueve tu amparo en contra del registro obligatorio al padrón de telefonía móvil.

En contra del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2021. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5616165&fecha=16/04/2021


Dicho decreto, establece en su artículo 180 Quáter, la obligación de registrar el número de tu línea telefónica móvil en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil de manera obligatoria, por lo que deberás proporcionar identificación oficial, comprobante de domicilio y datos biométricos, para la activación del servicio de la línea telefónica móvil.


Así mismo, en su transitorio cuarto, el decreto establece que los usuarios deberán presentarse ante el concesionario o autorizado de que se trate la tarjeta SIM, así como la documentación fehaciente requerida o a través de los medios tecnológicos que faciliten a los usuarios el registro. También deberán ser informados de que, en caso de no realizar dicho trámite dentro del plazo señalado, se les cancelará la prestación del servicio relacionado con la línea telefónica móvil de que se trate, sin derecho a reactivación, pago o indemnización alguna.


¿Qué son los datos biométricos?


Conforme a la guía para el tratamiento de datos biométricos publicada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, se establece que los datos biométricos refieren a características físicas y fisiológicas como la huella digital, el rostro (reconocimiento facial), la retina, el iris, la geometría de la mano o de los dedos, la estructura de las venas de la mano, la forma de las orejas, la piel o textura de la superficie dérmica, el ADN, la composición química del olor corporal y el patrón vascular, pulsación cardíaca, entre otros.


Dichos datos son considerados sensibles, debido a que son aquellos aspectos que la persona conserva para sí, evitando ventilarlos a la exhibición pública por el deseo de mantenerlos en sigilo, siendo esos datos hoy en día los que sufren mayor intromisión de extraños, debido a los avances tecnológicos que rebasan por mucho los avances legislativos necesarios, por lo que registrarlos pone en grave riesgo su resguardo y control respecto de terceros que busquen sustraerlos o adquirirlos para fines ilegales, considerando que la mayoría de las operaciones financieras requieren el uso de los datos biométricos.


Por lo anterior, se actualizan diversas violaciones a derechos fundamentales establecidos en nuestra constitución, como el de acceso a las telecomunicaciones, al de intimidad, honor, vida privada y libre desarrollo de la personalidad.


En APriori Abogados se promoverán juicios de amparo en contra del decreto de reforma, con la finalidad de solicitar la protección federal a efecto de no obligar al usuario a registrarse en el Padrón de Telefonía Móvil, sin que exista consecuencia alguna de cancelación y continúe haciendo uso del servicio libremente, salvaguardando los derechos constitucionales antes señalados.


Ponte en contacto con nosotros para promover tu amparo:

5519548773



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